El Consejo de Ministros celebrado el día 11 de mayo acordó iniciar una reforma del mercado del arrendamiento de inmuebles, que comprendería la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Enjuiciamiento Civil, esta última norma respecto a los procedimientos de desahucio.
La reforma afectará a la actualización del importe de los alquileres, normalmente vinculada al IPC, pudiendo pactarla las partes aunque no esté prevista en el contrato.
En cuanto a la duración de los contratos, que hasta ahora contaban con un periodo de prórroga a favor del inquilino de hasta cinco años, más otros tres años después de ese primer periodo, dicha prórroga se rebaja hasta los tres y un años, respectivamente. Así mismo, el arrendatario podrá desistir del contrato sin penalización económica, sin más condición que preavisar con un mes de antelación.
De otro lado, el propietario podrá recuperar la vivienda en cualquier momento con un preaviso de dos meses.
En último lugar, se ha hablado de una modificación dentro de los procedimientos de desahucio, buscando una ejecución de las resoluciones judiciales en un menor plazo de tiempo, aunque no se ha especificado aún el mecanismo que se articulará para lograrlo.