Los pactos de socios son un concepto importante en la Ley de Startups. En nuestro artículo sobre los aspectos a tener en cuenta a la hora de redactar un pacto de socios explicábamos cómo estos pactos vinculan a los socios entre sí, pero no a la sociedad, al encontrarse al margen de sus estatutos. Además, es un instrumento muy útil para la entrada de inversores en la sociedad.

Los pactos de socios en la Ley de Startups

La nueva Ley de fomento del ecosistema de las empresas contempla en este ámbito la posibilidad de inscripción registral de los contratos entre socios, para que así terceros con interés en formar parte de la sociedad puedan conocer su contenido. Con esta medida se pretende dar una mayor seguridad jurídica y transparencia a quienes tengan intención de realizar una inversión económica en la sociedad.

Pactos de socios ley startups

Requisitos fundamentales del pacto de socios

Los requisitos para la inscripción y publicidad del pacto de socios son:

  • Que el pacto se realice acerca de una empresa emergente con forma de Sociedad Limitada.
  • Que el pacto de socios no contenga cláusulas contrarias a la Ley (como, por ejemplo,
    mayorías abusivas).

En relación con todo esto, los estatutos sociales podrán establecer la obligación de cumplimiento del pacto de socios, como una prestación accesoria. Para ello, el contenido del pacto ha de estar identificado de tal modo que lo puedan conocer no solo los socios que lo hayan suscrito, sino también los futuros socios. Así mismo, con esta obligación accesoria, para el caso de su incumplimiento, al igual que en el incumplimiento de cualquier relación contractual, los estatutos podrán incluir consecuencias como por ejemplo la exclusión del socio.

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