Las claves de la nueva Ley de Startups, de Fomento del Ecosistema de Empresas Emergentes
Ley de Startups, de Fomento del Ecosistema de Empresas Emergentes

La Ley de Startups aprobada por el Gobierno en diciembre es la primera ley de Europa “para el apoyo específico al ecosistema emprendedor”. La nueva norma está dirigida a lo que se han denominado empresas emergentes, que son definidas como aquellas de reciente creación o de no muy lejana constitución, que no distribuyan dividendos, que cuenten con un personal con contrato de trabajo, y presenten un proyecto innovador en el ámbito de la ciencia y la tecnología.

Ley de Startups

Ley de Startups, ¿cuáles son las ventajas?

Las principales ventajas que se otorgan a esta clase de empresas para incentivar su constitución y atraer capital económico y humano, son:

  • Tipos reducidos de gravamen en el Impuesto de Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de No Residentes durante el primer periodo en el que la empresa obtenga beneficios y en los tres siguientes.
  • Capacidad de aplazar deudas tributarias sin tener que otorgar garantías o avales.
  • Facilitar la retribución a los empleados mediante entrega de participaciones o derechos sobre acciones (stock options), aumentando el umbral de exención en el IRPF, y flexibilizando las condiciones para dicha exención.
  • Aumento de la deducción en el IRPF de las inversiones en capital de empresas emergentes.
  • Disminuir plazos para poder aplicar el régimen especial de trabajadores desplazados (de impatriados o también conocido como “Ley Beckham”), y a su vez extenderlo a familiares del trabajador/a.
  • Ampliación del régimen de autorizaciones de residencia a emprendedores, inversores y estudiantes extranjeros y nuevo visado para nómadas digitales.
  • Simplificación de trámites administrativos para personas y entidades extranjeras que vayan a invertir en España, en cuanto a la obtención de un Número de Identificación Fiscal para poder operar con normalidad aquí.
  • Bonificaciones en las cuotas de Seguridad Social de hasta el 100%, para aquellos nuevos autónomos societarios que se encuentren en pluriactividad, esto es, cuando de forma simultánea los emprendedores trabajen por cuenta ajena para otra empresa.

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Publicado por: Tomás Martínez & Asociados

Publicado el: 3 de enero de 2023

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