El delito de estafa es un concepto complejo en el ámbito jurídico, concretamente en el derecho penal. En Despacho Jurídico Tomás Martínez y Asociados hemos afrontado diversos casos relacionados con el delito de estafa y la apropiación indebida. Analizamos este delito cada vez más habitual en nuestra sociedad, sus tipologías más frecuentes y cómo afrontar su denuncia.
Todos conocemos, en términos coloquiales, qué es una «estafa«, término que utilizamos de forma muy habitual cuando nos toman el pelo. El código penal exige una serie de elementos objetivos y subjetivos para considerar que se ha cometido un delito de estafa y para condenar por ello: engaño, error, desplazamiento patrimonial, perjuicio económico y ánimo de lucro.
Concatenando cada uno de estos elementos en la comisión del delito de estafa, nos quedaría un supuesto como el siguiente: «El autor mediante un engaño causa error en la víctima, al que se le representa una realidad que no es cierta; de tal forma que la víctima entrega un bien (ya sea dinero o un bien de otro tipo con contenido económico), resultando perjudicado por la pérdida del bien entregado sin recibir contraprestación a cambio».
El ánimo de lucro es la clave
A priori, es sencillo identificar un delito de estafa con esa sucesión de acontecimientos (el engaño que causa el error, con el consiguiente desplazamiento patrimonial y el perjuicio económico), pero la gran complicación llega al plasmar ese delito en una denuncia o querella ante los juzgados y demostrar que el autor de los hechos tenía la voluntad de cometer la estafa.
Es decir, hay que acreditar por el ánimo de lucro que en todo momento ha habido intención de engañar para lograr un beneficio económico ilícito. Esto no resulta fácil en la práctica procesal, porque los jueces y magistrados exigen la existencia de una prueba clara e inequívoca que permita llegar a la conclusión de que el ánimo de estafar ha existido. La honestidad de su abogado puede ahorrarle mucho tiempo y dinero, por ello es importante dejar su caso en manos de profesionales con experiencia.
Aumento de casos desde la crisis
Con la crisis económica se dispararon las denuncias y querellas por estafa. Un altísimo porcentaje acabó en el archivo por falta de las pruebas necesarias para demostrar la mencionada intencionalidad.
En nuestro Despacho Jurídico, como especialistas en derecho penal económico, recibimos multitud de consultas acerca de situaciones que aparentemente serían un delito de estafa, pero en las que hemos tenido que recomendar no llevar adelante un procedimiento penal, dado que el resultado final no iba a compensar el coste invertido.
Crecimiento del delito de estafa en Internet
El número de estafas por Internet ha aumentado en los últimos años.
Las estafas por Internet y telefonía móvil también han visto crecer su número en los últimos años. Desde falsos mensajes personales a través de SMS o de WhatsApp, hasta ofertas de empleo que no eran tales, u otras ofertas fraudulentas en webs de compraventa o de alquiler de viviendas, pasando por la difusión de malware y virus, el phishing o las célebres estafas piramidales, son algunos de los timos que se han servido de Internet para timar a más personas.
Si identifica un delito tecnológico, puede denunciarlo en la Página Oficial del Cuerpo Nacional de Policía.
Empresas, proveedores y clientes
Son frecuentes las estafas en las relaciones entre empresas, proveedores y clientes.
Un ejemplo común lo encontramos en las relaciones entre empresas, proveedores y clientes. Ha sido habitual el impago de facturas de unas mercaderías que el supuesto estafador habría vendido, pero no las habría abonado a quien se las sirvió, cerrando posteriormente su negocio. En este supuesto, la huida hacia adelante del supuesto estafador (el deudor de la mercadería vendida y no pagada), podría servirle para ser considerado inocente del delito de estafa si el impago se debió a una mala marcha de su negocio, hasta desembocar en la quiebra.
Ahora bien, si se demuestra, a la vista de la gestión realizada del negocio (tras examinar diferentes aspectos como la creación del negocio, infraestructura con la que contaba, cuentas depositadas, número de trabajadores, etc.), que nunca hubo intención de pagar la mercadería adquirida, entonces sí estaríamos hablando de un delito de estafa.
Consulte siempre con un especialista
En conclusión, existe una delgada línea que separa, en términos jurídicos, lo que es una estafa y lo que no lo es. Para delimitar esa línea es imprescindible, en cada caso concreto, analizar hasta el último detalle de los hechos, circunstancias y situaciones que comprenden aquello que pretendamos denunciar.
Por eso es fundamental dejar el caso en manos de abogados profesionales. Confíe en nuestros especialistas y pida una cita. Estaremos encantados de atenderle.
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